El fiscal pide al alcalde de San Sebastián (Bildu) el expediente que condecoró al fundador de ETA ‘Txillardegi’

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El Ministerio Público investiga si el etarra, fallecido en enero de 2012, fue distinguido por su faceta como escritor o por su labor en la banda

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha solicitado al alcalde de San Sebastián, Juan Karlos Izaguirre, de Bildu, el expediente por el que el Ayuntamiento condecoró con la Medalla al Mérito Ciudadano a título póstumo al lingüista y escritor José Luis Álvarez Emparantza, ‘Txillardegi’, uno de los fundadores de la banda terrorista ETA, informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En un oficio remitido este jueves al regidor donostiarra, el departamento dirigido por Javier Zaragoza reclama el expediente completo aprobado por el Consistorio para determinar si la distinción a ‘Txillardegi’, que falleció el pasado 14 de enero de 2012, se hizo por su trayectoria como escritor o por su labor en la creación y los inicios de la organización terrorista.

Si la investigación determinara que la condecoración se realizó por su faceta como fundador de ETA, los hechos podrían constituir un delito de enaltecimiento del terrorismo, tal y como denunció el delegado del Gobierno en el País Vasco, Carlos Urquijo, que trasladó lo sucedido al Ministerio Público el pasado 21 de diciembre.

ABSTENCIÓN DEL PP

El Ayuntamiento de San Sebastián aprobó la víspera, con los votos de todos los grupos municipales excepto el PP, otorgar las Medallas al Mérito Ciudadano a ‘Txillardegi’, al nadador Jaime Caballero, al titiritero Manolo Gómez de Txotxongillo Taldea y a la Unidad de Neonatologia del Hospital Donostia.

La distinción no logró la unanimidad de todos los grupos municipales de San Sebastián, ya que la formación popular decidió abstenerse al no respaldar la medalla concedida a ‘Txillardegi’. Las condecoraciones serán entregadas el próximo 19 de enero, víspera de la festividad de San Sebastián.

En su escrito al fiscal, Urquijo consideraba que esta actuación podría vulnerar lo previsto en las leyes de reconocimiento y reparación a las víctimas del terrorismo e, incluso, ser constitutiva de un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, contemplado en el artículo 578 del Código Penal.

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